Recientemente, muchos clientes del BANCO SABADELL están recibiendo un burofax en el que se les informa que el pasado 2 de julio de 2021 dicho banco realizó una cesión de crédito hipotecario a la entidad LSF11 BOSTON INVESTMENTS SARL.
Ante esta situación en la que una entidad bancaria (como el Banco Sabadell) realiza una cesión del crédito a un fondo (en este caso el LSF11 Boston Investments SARL) los clientes tienen la posibilidad de ejercer su derecho de retracto, siempre que cumplan ciertos requisitos.
¿Qué es el derecho de retracto?
Es una figura jurídica regulada por el Código Civil, en la que una persona tiene el derecho prioritario de compra sobre un bien en las mismas condiciones que una tercera persona interesada.
¿Cuándo se produce una cesión de crédito?
La cesión del crédito es aquel acto jurídico en el que un acreedor transmite a un tercero los derechos que ostenta frente al deudor, de manera que el deudor ahora debe a un nuevo acreedor sin que exista relación anterior entre ellos.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su sentencia de 2018, falló considerando que, para que se produzca la cesión de un crédito no se necesita consentimiento del prestatario, es más, los bancos tienen total libertad para vender los créditos e incluso sin estar obligados a avisar a sus clientes.
¿Qué puede hacer el cliente cuyo banco ha vendido su crédito a un fondo?
Si te encuentras en una situación parecida a los clientes del Banco Sabadell, cuyo crédito ha sido cedido al fondo LSF11 Boston Investments existe jurisprudencia al respecto.
El fallo de la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona 98/2011, de fecha 2 de marzo de 2011 reza que en el momento en que se da la existencia de un crédito litigioso se puede aplicar el derecho de retracto.
¿Cuándo se considera que el crédito es litigioso?
Como se ha mencionado anteriormente, solo se puede ejercer el derecho de retracto cuando se produce una cesión de crédito si este es litigioso, pero, ¿Qué es un crédito litigioso?
Se entiende por crédito litigioso el crédito en el que se ha presentado demanda o reclamación judicial por su titular y existe contestación a la demanda interpuesta y en contestación de la demanda, el deudor muestre oposición sobre cuestiones de fondo y no sólo excepciones procesales.
En caso de cesión de un crédito litigioso, el deudor tiene derecho a extinguir dicho crédito cedido reembolsando al fondo el precio que éste pagó al banco, los intereses devengados desde el día que se pagó y las costas que se hubiesen ocasionado. El deudor dispone de un plazo de 9 días para ejercer el derecho de retracto.
Si tu banco ha cedido tu crédito litigioso a un fondo buitre y quieres ejercer tu derecho de retracto llámanos, podemos ayudarte.
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