¿Es posible aplazar una deuda con la Seguridad Social?

 

¿Sabías que aquellas personas que se retrasen en el abono de sus cotizaciones pueden pedir el pago fraccionado y evitar así ser considerado un moroso?

En situaciones de crisis en las que hay poco trabajo y los clientes no pagan a tiempo, un autónomo puede pasar apuros para cumplir con la Seguridad Social e incluso retrasarse más de la cuenta con el pago de las cuotas. Si te encuentras en esta situación en la que tienes una deuda con la seguridad social existe una forma de evitar ser considerado un moroso. Es posible solicitar un aplazamiento de la deuda y negociar las condiciones de su devolución. Es recomendable solicitar el aplazamiento antes de que la deuda entre en vía ejecutiva.

Cabe destacar que es posible aplazar deudas, pero no pagos. Es decir, el autónomo no puede pedir que se le “perdonen” las cotizaciones futuras, sólo puede solicitar el pago de las cuotas pendientes teniendo en cuenta que siempre tendrán que abonarse dichas cuotas en el plazo establecido al mes en curso.

También hay que tener en cuenta que no todas las deudas contraídas con la Seguridad Social son aplazables, existen dos excepciones, las de cobertura a los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y las correspondientes a los trabajadores. Sí que puede ser aplazado el pago de los recargos sobre cuotas que hayamos pagado con retraso.

¿Cómo realizar la solicitud?

La solicitud se puede hacer en las oficinas de la Seguridad Social, en la dirección provincial de su Tesorería General o a través de su web, excepto si ya has recibido la providencia de apremio, que te obligará a acudir a la unidad de recaudación ejecutiva de tu localidad. Una vez hayas facilitado toda la documentación solicitada, la seguridad social tiene 3 meses para emitir una resolución. En caso de ser positiva, se te considerará al corriente de pago, requisito imprescindible para pedir un préstamo o contratar servicios con las administraciones públicas. A partir de ese momento, tienes 5 años para saldar la deuda. Los plazos e importes de pago son negociables y quedan reflejados en un cuadro de amortización. También, tienes la posibilidad de liquidar la deuda antes de lo previsto, hecho aconsejable dado que la demora conlleva el pago de intereses.