¿Puede prescribir una deuda?

 

Para que prescriba una deuda se tienen que dar dos casos:

  • Que el deudor no reconozca la deuda.
  • Que el acreedor no ejerza ninguna acción sobre el cobro de la deuda en el plazo estipulado.

 

¿Qué tipos de deudas existen? ¿Cuándo prescriben?

 

Bien, las deudas tienen un plazo de prescripción marcado por la Ley, pero no es el mismo tiempo para todas.

  • Prescripción a los 5 años.

La Ley estipula un plazo de 5 años para deudas personales que no tengan unas condiciones marcadas como, por ejemplo, suministros domésticos, alquileres, tarjetas de crédito…

Las deudas de tarjetas de crédito contraídas antes del 7 de octubre de 2015, prescriben a los 15 años.

  • Prescripción a los 4 años.

Las deudas con la Seguridad Social o Hacienda tienen este periodo de prescripción, pero es poco frecuente que se cumpla este plazo ya que se reclamará al deudor el pago de la deuda en un periodo muy corto de tiempo o se retirará el importe de la misma de su cuenta corriente de forma directa.

También prescribirán en este plazo las deudas por impuestos municipales: el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o el impuesto de circulación o Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).

  • Prescripción a los 3 años.

Deudas específicas con obligaciones de pago a jueces, notarios, abogados, peritos, registradores, agentes… sus honorarios, derechos y gastos por el desempeño de sus funciones, así como a los farmacéuticos por el suministro de medicamentos y maestros por su labor en la enseñanza.

Este periodo de prescripción se inicia en el momento de se dejen de desempeñar los servicios correspondientes.

  • Otras.

La prescripción de las multas de tráfico varía en función de la gravedad de la sanción: para las sanciones más leves el plazo es de 3 meses y para las graves o muy graves es de 6 meses.

Tienen un plazo de prescripción de 1 año la reparación de daños por negligencia o culpa del deudor, es decir, por responsabilidad extracontractual.

En el caso de las deudas hipotecarias, tienen un plazo de 20 años, pero, igual que con las deudas con Hacienda, nunca se llega a cumplir ya que antes de llegar a él se inicia un procedimiento de embargo de la vivienda.

¿Tienes deudas y no puedes pagar? Somos especialistas en negociación bancaria. Llámanos gratis y solucionaremos tu problema.

Solo cobramos en caso de éxito.